Con 144 votos, el Legislativo aprobó reformas que endurecen las sanciones por trata de personas, incorporan el matrimonio forzoso como delito y amplían la protección a las víctimas. El texto deberá pasar al Ejecutivo antes de convertirse en ley.
Una oferta de trabajo engañosa, una promesa de viaje o una relación de dependencia pueden convertirse en mecanismos para someter a una persona a explotación. Frente a estas formas de abuso, la Asamblea Nacional aprobó este martes 20 de octubre una reforma que busca endurecer las sanciones contra la trata de personas y ampliar las herramientas de protección para quienes son víctimas de este delito.
La decisión obtuvo el respaldo unánime de los 144 asambleístas presentes en el segundo debate. El proyecto modifica la Ley Orgánica contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes y plantea cambios en el Código Orgánico Integral Penal (COIP). Entre sus disposiciones están las penas de hasta 35 años de prisión en los casos más graves y la incorporación del matrimonio forzoso y la unión de hecho forzada como delitos autónomos.
El endurecimiento de las sanciones responde a la gravedad de los daños provocados. El texto aprobado establece penas de 19 a 22 años para la modalidad básica agravada de trata de personas, que aumentan a entre 22 y 26 años cuando existen condiciones especiales de vulnerabilidad o relaciones de dependencia. Si el delito ocasiona daños físicos o psicológicos graves e irreversibles, las sanciones previstas van de 26 a 30 años. Cuando se produce la muerte de la víctima, la pena podría llegar a 35 años.
El matrimonio forzoso también entra en la reforma
Uno de los cambios más significativos es el reconocimiento del matrimonio forzoso y la unión de hecho forzada como delitos independientes. La propuesta establece penas de tres a cinco años de prisión para quienes, mediante amenazas, violencia, engaños u otras formas de coacción, obliguen a una persona a contraer matrimonio o iniciar una unión sin su consentimiento libre.
La sanción se elevaría a entre cinco y siete años cuando la víctima sea menor de edad o se presenten otras circunstancias agravantes, como una relación de autoridad, dependencia económica o incapacidad para expresar libremente su voluntad. Con esta disposición, el Legislativo busca enfrentar prácticas de sometimiento que pueden permanecer ocultas dentro de relaciones familiares o de poder.
La reforma también fortalece la protección de niñas, niños y adolescentes frente a la trata de personas. Para configurar este delito cuando la víctima es menor de edad, ya no sería necesario demostrar que se utilizaron amenazas, fuerza o engaño. El cambio busca impedir que las dificultades para probar esos mecanismos se conviertan en una barrera para perseguir la explotación infantil.
Más protección para las víctimas y vigilancia de las redes criminales
El proyecto no se limita a aumentar las condenas. También incorpora mecanismos para investigar el dinero y los bienes obtenidos por las organizaciones dedicadas a la explotación. La Fiscalía, en coordinación con la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), podría impulsar investigaciones patrimoniales para identificar y rastrear los recursos vinculados con estas actividades.
La prevención digital ocupa otro lugar importante. Las reformas contemplan campañas educativas, mecanismos de identificación de ofertas engañosas en internet y canales gratuitos y anónimos para denunciar posibles casos. También establecen atención médica, asistencia legal y medidas de protección a las víctimas, sin condicionarlas a que participen en un proceso penal.
La iniciativa recoge, además, los efectos de la sentencia de la Corte Constitucional en el caso Furukawa, relacionado con prácticas de servidumbre de la gleba. Esta forma de explotación, vinculada con la dependencia extrema de trabajadores respecto de quienes controlan la tierra, pasaría a estar expresamente incorporada entre las modalidades previstas en la legislación.
La aprobación reunió los votos de bancadas que habitualmente mantienen posiciones políticas enfrentadas, entre ellas Acción Democrática Nacional y Revolución Ciudadana. Sin embargo, el consenso legislativo no significa que las reformas ya estén vigentes. El texto será remitido al presidente de la República para su sanción u objeción, conforme al procedimiento constitucional.
El desafío posterior será convertir las nuevas disposiciones en mecanismos efectivos para identificar a las víctimas, perseguir a las redes de explotación y garantizar protección antes de que los daños sean irreparables. Por ahora, la Asamblea ha dado un paso legislativo; la aplicación de los cambios dependerá de que concluya el trámite correspondiente.


