Un estudio sobre financiamiento ilícito revela que Chimborazo registra la mayor tasa de denuncias por captación ilegal de dinero por cada 100.000 habitantes. Riobamba también aparece entre los cantones con mayor incidencia.
La captación ilegal de dinero tiene una incidencia especialmente alta en la Sierra centro de Ecuador. Un estudio del Observatorio Ecuatoriano del Crimen Organizado, difundido en septiembre de 2026, identificó a Chimborazo como la provincia con la mayor tasa de noticias del delito por cada 100.000 habitantes.
El análisis forma parte del proyecto Crime-Lab II, desarrollado por el Observatorio con apoyo de la Fundación Panamericana para el Desarrollo, y examina distintas modalidades de financiamiento ilícito y su posible relación con estructuras de crimen organizado.
Chimborazo registra la tasa más alta
Durante 2025, Ecuador registró 200 reportes de posibles delitos relacionados con captación ilegal de depósitos, de acuerdo con datos de la Fiscalía General del Estado.
Aunque Pichincha concentró el mayor número absoluto de casos, con el 57% del total nacional, Chimborazo ocupó el segundo lugar con 14,5%, seguida por Cotopaxi, con 9%.
Sin embargo, cuando los datos se ajustan al tamaño de la población, el resultado cambia: Chimborazo alcanzó una tasa de 5,95 noticias del delito por cada 100.000 habitantes, seguida por Pichincha con 3,46 y Cotopaxi con 3,45.
Riobamba aparece como uno de los principales focos
El comportamiento también se refleja a escala cantonal.
En 2025 se registraron denuncias relacionadas con captación ilegal de dinero en 32 de los 221 cantones del país. Quito concentró el mayor número de reportes, con 111 casos, seguido por Riobamba, con 26, Latacunga con 14 y Cuenca con siete.
Al considerar la tasa por cada 100.000 habitantes entre los cantones con más de 100.000 habitantes, Riobamba alcanzó 9,5, por encima de Latacunga, Quito y Francisco de Orellana.
¿Cómo funciona la captación ilegal de dinero?
El estudio explica que esta modalidad puede operar mediante entidades ficticias o fachadas que ofrecen supuestos servicios financieros y reciben dinero del público sin contar con autorización legal.
Entre las formas identificadas están las estructuras piramidales, las estafas y mecanismos que pueden utilizarse como fachadas para operaciones de lavado de activos.
La legislación ecuatoriana prohíbe que personas o empresas que no forman parte del sistema financiero nacional capten recursos de terceros o desarrollen actividades financieras reservadas a entidades autorizadas. La Superintendencia de Bancos también mantiene alertas sobre entidades que han sido detectadas operando sin autorización.
Un delito que puede estar relacionado con otras economías ilícitas
El informe advierte que estos mecanismos no necesariamente funcionan como delitos aislados. Los investigadores identifican posibles conexiones entre la captación ilegal, la usura, el lavado de activos, el narcotráfico y otras actividades de economías criminales.
La investigación también señala que la falta de acceso a financiamiento formal puede llevar a determinados sectores de la población hacia circuitos informales o ilegales, donde pueden aparecer condiciones financieras abusivas.
Un caso investigado en Chimborazo
La Fiscalía ha procesado casos concretos de captación ilegal en esta provincia.
En junio de 2026, un hombre fue sentenciado a 11 meses de prisión mediante procedimiento abreviado por su participación en un caso relacionado con la empresa Saalda S.A. Según Fiscalía, la compañía no tenía autorización para realizar intermediación financiera y habría ofrecido inversiones con rendimientos mensuales de entre 12% y 200%.
La investigación señala que más de 464 familias habrían entregado dinero y que el perjuicio económico alcanzaría los USD 2,41 millones. Otras ocho personas fueron llamadas a juicio en ese proceso.
¿Qué recomienda la autoridad?
La Superintendencia de Bancos mantiene un listado de entidades detectadas sin autorización para captar dinero y recomienda a los ciudadanos verificar que una empresa esté legalmente habilitada antes de entregar recursos o contratar servicios financieros.
La captación ilegal de dinero está contemplada en el artículo 323 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con una pena de cinco a siete años de prisión para quienes desarrollen o promocionen actividades de intermediación financiera sin autorización y destinadas a captar dinero del público de manera habitual y masiva.


