El proyecto recibió 144 votos y plantea penas de hasta 35 años por trata de personas cuando la víctima muera. El texto deberá pasar al Ejecutivo antes de completar su trámite.
La Asamblea Nacional aprobó este 20 de octubre de 2026, por unanimidad de los 144 legisladores presentes, una reforma a la Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes.
El proyecto modifica el Código Orgánico Integral Penal (COIP), refuerza la protección de las víctimas e incorpora como delitos autónomos el matrimonio forzoso y la unión de hecho forzada.
Cárcel por obligar a una persona a casarse
El texto aprobado contempla de tres a cinco años de prisión para quien utilice violencia, amenazas, intimidación, engaño u otras formas de coacción para obligar a otra persona a casarse o establecer una unión de hecho sin consentimiento libre, pleno e informado.
También incluye medidas para detectar ofertas engañosas en plataformas digitales y prevenir la captación de víctimas mediante supuestas oportunidades laborales o educativas.
Penas más altas por trata de personas
La reforma establece sanciones de 19 a 22 años, con incrementos según las circunstancias. Cuando se produzcan daños graves o irreversibles, la pena prevista será de 26 a 30 años; si la víctima fallece, llegará a 30 a 35 años.
Además, incorpora la servidumbre de la gleba entre las modalidades de explotación, en respuesta a la sentencia constitucional del caso Furukawa.
Protección y seguimiento del dinero
El proyecto prevé atención médica y asistencia legal inmediata para las víctimas, sin exigir que participen en el proceso penal. También contempla investigaciones financieras para rastrear activos ilícitos.
La aprobación legislativa no implica que los cambios ya estén vigentes: el texto será remitido al presidente de la República para su pronunciamiento.


