El nuevo reglamento contempla vigilancia policial permanente cuando no existan dispositivos disponibles o capacidad para monitorearlos.
El Consejo de la Judicatura aprobó un reglamento de 20 artículos para regular la aplicación y ejecución del arresto domiciliario en Ecuador. La normativa establece que las personas procesadas que cumplan esta medida cautelar utilicen dispositivos de vigilancia electrónica.
La institución informó que el instrumento responde a una sentencia de la Corte Constitucional e incorpora cambios del artículo 537 del Código Orgánico Integral Penal.
El juez dispondrá la medida y ordenará el uso del grillete. Cuando haya dispositivos y capacidad de monitoreo, también se establecerá vigilancia policial periódica. Si estos recursos no están disponibles, podrá ordenar vigilancia policial permanente.
Entre los casos contemplados están mujeres embarazadas y en periodo posterior al parto, personas mayores de 65 años y quienes presenten determinadas enfermedades o discapacidades que les impidan valerse por sí mismas, con respaldo médico público.
El acceso al arresto domiciliario requiere una decisión judicial; no constituye un beneficio automático. Según la Judicatura, el reglamento busca fortalecer el control y optimizar el trabajo policial.


