El caso se originó tras el allanamiento, en 2021, de un centro clandestino de conversión en Chone, donde Karlina permaneció internada contra su voluntad durante tres meses y, según Fiscalía, fue sometida a tratos crueles, inhumanos y degradantes.
Seis personas fueron sentenciadas por el delito de actos de odio contra Karlina, una mujer trans que fue víctima de violencia relacionada con su identidad de género en un centro clandestino ubicado en Chone, Manabí.
La sentencia fue emitida luego de la audiencia de juzgamiento, en la que la Fiscalía presentó diferentes elementos para sustentar su acusación. El Tribunal determinó responsabilidades diferenciadas entre los procesados.
Tres personas recibieron cuatro años de prisión
Iván Z., Ramón Z. y Jhon Z. fueron sentenciados como autores directos del delito y deberán cumplir cuatro años de pena privativa de libertad.
En tanto, Joseph Z., Miguel Z. y Juan S. fueron considerados cómplices y recibieron una condena de dos años de prisión cada uno.
De acuerdo con la Fiscalía, las penas fueron incrementadas en un tercio debido a la existencia de circunstancias agravantes establecidas durante el proceso.
Karlina permaneció tres meses en el centro
La investigación se remonta a septiembre de 2021, cuando las autoridades realizaron un allanamiento en un centro clandestino de conversión ubicado en Chone.
En el operativo se recopilaron indicios relacionados con el internamiento forzoso de Karlina durante tres meses. Según el testimonio presentado durante el juicio, sus familiares la trasladaron al establecimiento y la ingresaron en contra de su voluntad.
Fiscalía señaló que, durante su permanencia en el lugar, la víctima fue sometida a tratos crueles, inhumanos y degradantes, cuyo propósito habría sido reprimir y alterar su identidad de género.
La víctima denunció los hechos
Después de salir del establecimiento, Karlina presentó una denuncia en la que relató los maltratos y vejámenes que, según su testimonio, sufrió de manera sistemática.
La Fiscalía indicó que las agresiones habrían sido perpetradas por familiares y personas allegadas, entre ellos hermanos y primos de la víctima.
El caso llegó a conocimiento del Ministerio Público a través del Consejo Nacional para la Igualdad de Género, lo que dio paso a las investigaciones que posteriormente llevaron a los seis procesados a juicio.
Fiscalía presentó testimonios y pericias
Durante la audiencia, el Ministerio Público presentó el testimonio de Karlina y otros elementos de prueba, entre ellos el reconocimiento del lugar de los hechos, una inspección ocular técnica y el levantamiento de evidencias.
También se incorporaron testimonios de personas que, según Fiscalía, confirmaron que la violencia motivada por la identidad de género de la víctima se produjo de manera reiterada.
A esto se sumaron informes investigativos y valoraciones médicas, psicológicas y de entorno social, que determinaron afectaciones a la integridad personal y psíquica de Karlina.
Un caso relacionado con los llamados centros de conversión
El caso vuelve a poner atención sobre los denominados centros clandestinos de “conversión”, establecimientos que buscan modificar la orientación sexual o identidad de género de las personas mediante prácticas que pueden implicar violencia y vulneraciones de derechos.
En este proceso, el Tribunal acogió el pedido de Fiscalía y declaró la responsabilidad penal de las seis personas, considerando las circunstancias agravantes presentadas durante el juicio.
El artículo 177 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece sanciones para el delito de actos de odio. En este caso, el Tribunal aplicó las agravantes contempladas en la legislación.


