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Corte rechaza hábeas corpus de Abdalá Bucaram y mantiene orden de aprehensión

July Ruiz
4 Min Read
Corte rechaza hábeas corpus de Abdalá Bucaram y mantiene orden de aprehensión.

La Corte Provincial del Guayas negó el recurso presentado por María Rosa Pulley. La orden de aprehensión contra el expresidente continúa vigente y deberá ejecutarse cuando reciba el alta médica.

La Corte Provincial de Justicia del Guayas rechazó este lunes 7 de septiembre de 2026 el hábeas corpus presentado a favor del expresidente Abdalá Bucaram Ortiz, por lo que se mantiene vigente la orden de aprehensión emitida dentro del caso denominado Pruebas Covid-19.

El recurso fue presentado el 4 de septiembre por María Rosa Pulley, esposa del exmandatario, un día después de que el Tribunal de Garantías Penales ordenara su detención con fines de comparecencia, luego de que Bucaram no acudiera en seis ocasiones a la diligencia en la que debe conocer la sentencia del proceso.

La orden de aprehensión sigue vigente

La Sala Especializada de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial del Guayas concluyó que la orden judicial no representa una amenaza inminente para los derechos a la vida, salud e integridad personal de Bucaram.

Los jueces señalaron que la medida no busca interrumpir el tratamiento médico del expresidente ni retirarlo de la clínica donde permanece internado. La aprehensión deberá ejecutarse una vez que reciba el alta médica, con el objetivo de garantizar su comparecencia ante la justicia.

La decisión fue adoptada por unanimidad.

Bucaram permanece hospitalizado

El expresidente, de 74 años, permanece internado en la Clínica de Especialidades Borja, en Guayaquil, bajo vigilancia policial.

Su defensa argumentó que su condición cardiovascular hace riesgosa su comparecencia. El cardiólogo Xavier Vallejo explicó durante la audiencia que Bucaram presenta una miocardiopatía dilatada isquémico-necrótica, además de antecedentes de miocarditis y arritmias.

El médico también señaló que Bucaram fue sometido el 25 de agosto a una intervención para reemplazar el generador de un dispositivo cardíaco y que requiere un período de reposo para evitar complicaciones. Según su exposición, persiste el riesgo de arritmias ventriculares y muerte súbita.

La defensa había solicitado que la orden de aprehensión no se ejecute mientras dure el período de recuperación médica, previsto hasta el 24 de septiembre.

El tribunal cuestionó las reiteradas hospitalizaciones

Durante la audiencia también se expusieron informes relacionados con las atenciones médicas recibidas por Bucaram en distintas casas de salud.

La jueza Ivon Vásquez Revelo señaló que, según los documentos revisados por el tribunal, en uno de los centros médicos consta que el propio expresidente habría solicitado el alta. También indicó que, en tres ocasiones, agentes policiales acudieron a verificar su estado y lo encontraron en unidades de cuidados intensivos, mientras que posteriormente habría salido de las clínicas.

A partir de estos antecedentes, el tribunal dispuso revisar las atenciones proporcionadas en tres centros médicos y las actuaciones de los profesionales que intervinieron en ellas.

¿Qué pasará ahora con Abdalá Bucaram?

Con el rechazo del hábeas corpus, la orden de aprehensión permanece vigente.

Esto significa que cuando Bucaram reciba el alta médica deberá comparecer ante la justicia para conocer la resolución del caso Pruebas Covid-19. El tribunal penal había aclarado que la diligencia también puede realizarse de manera telemática y que la presencia de un médico podría acompañar al procesado durante la conexión.

El proceso corresponde a una investigación por presunta delincuencia organizada relacionada con la adquisición y comercialización de pruebas para detectar COVID-19. En el caso también está procesado Jacobo Bucaram, hijo del expresidente.

La lectura de la sentencia ha sido suspendida en seis ocasiones. Ante la última inasistencia, ocurrida el 3 de septiembre, el tribunal ordenó la aprehensión de Bucaram una vez que fuera dado de alta.

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