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Buró de crédito en Ecuador cambia: los reportes mostrarán deudas de los últimos dos años

July Ruiz
4 Min Read
El buró de crédito modificó el período de información visible en sus reportes.

Una nueva resolución modifica las reglas sobre la información crediticia y amplía las fuentes que podrán aportar datos sobre el comportamiento de pago de los ciudadanos.

Las reglas que determinan qué información aparece en los reportes crediticios en Ecuador cambiaron. La Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria expidió el 20 de agosto de 2026 una resolución que modifica la normativa relacionada con el Registro de Datos Crediticios y los burós de información crediticia.

Uno de los principales cambios está relacionado con el período que podrá aparecer en los reportes. A partir de la nueva normativa, estos documentos harán referencia únicamente a las operaciones vigentes, vencidas o canceladas correspondientes a los dos años anteriores a la fecha en que se emita el reporte.

Sin embargo, esto no significa que una deuda desaparezca después de dos años. La resolución establece una diferencia entre el tiempo que la información puede permanecer almacenada y el período que puede mostrarse en un reporte.

El Registro de Datos Crediticios podrá conservar información de riesgo durante un máximo de cuatro años, contados desde la última fecha de vigencia de la operación. En cambio, los reportes que consulten las entidades mostrarán únicamente los datos correspondientes a los dos últimos años.

Por ello, una obligación que continúe vigente no queda eliminada ni perdonada por el paso del tiempo. El cambio se refiere al período de información que podrá ser visualizado en el reporte crediticio.

Nuevas fuentes de información

La reforma también contempla ampliar las fuentes que pueden contribuir al análisis de la capacidad de pago y comportamiento financiero de una persona.

Entre las fuentes consideradas están entidades del sistema financiero público y privado, organizaciones de la economía popular y solidaria, participantes del mercado de valores, empresas comerciales, aseguradoras y compañías de telecomunicaciones.

Además, podrán incorporarse como fuentes complementarias determinados datos relacionados con el pago de servicios básicos y tributos, siempre que tengan naturaleza crediticia y estén vinculados con el comportamiento de pago o la capacidad de endeudamiento del titular.

¿Qué significa para los ciudadanos?

El cambio puede tener impacto para las personas que soliciten créditos, tarjetas, financiamiento comercial u otros productos que requieran una evaluación de su comportamiento de pago.

La información crediticia es utilizada para analizar el riesgo de incumplimiento. La Superintendencia de Bancos señala que el historial registra las operaciones de crédito y los pagos realizados por las personas y empresas, y permite generar referencias para la evaluación crediticia.

La nueva normativa, por tanto, modifica la ventana temporal que podrán observar las entidades al revisar un reporte, pero no elimina las obligaciones pendientes ni impide que una deuda vigente continúe siendo considerada.

Los ciudadanos pueden consultar su Registro de Datos Crediticios a través de los servicios en línea de la Superintendencia de Bancos.

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